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La llamada Ley HADOPI permitirá al gobierno Sarkozy cortar el acceso a aquellos internautas que descarguen desde Internet, de forma ilegal y mediante protocolos P2P, contenidos protegidos por derechos de copyright y de autor. El problema es que este corte se podrá hacer directamente por vía administrativa y sin pasar por el juzgado, lo que puede dar pie a cortes arbitrarios ya que deberá ser un funcionario el que dictaminé este corte. Previamente, al usuario se le habrán enviado una serie de avisos, imagino que tanto por correo electrónico como por correo ordinario.

La propuesta de ley fue rechazada inicialmente por la Asamblea Nacional, que la acabó reconsiderando accediendo a la petición del partido de Sarkozy (presidente de la república) a principios de mayo. Seguía a la aprobación por parte de este órgano el visto bueno del Senado, acabando de esta forma con los trámites legales necesarios.

No hace falta ni decir que desde el principio, y desde que era un proyecto, esta ley ha contado con un amplio rechazo de la sociedad francesa, especialmente por parte de aquellos elementos más concienciados de la importancia de las comunicaciones electrónicas. Y es que si el derecho al secreto en las comunicaciones es tenido hoy en día como uno de los derechos más sagrados en cualquier democracia moderna, el poder cortar de forma administrativa la conexión a Internet de un ciudadano exige que antes se le haya investigado qué es lo que transmite. Y todo ello sin tener que pasar por la supervisión de un juez.

Otro de los puntos más criticados de la normativa es que el afectado deberá continuar pagando el importe de la conexión al ISP mientras dure la suspensión. Y naturalmente, no podrá utilizar aquello por lo que está pagando…

Esta ley se conoce popularmente con el nombre de HADOPI aunque formalmente recibe el nombre de Loi Favorisant la Diffusion te la Protection de la Création sur Internet (Ley para Favorecer la Difusión y la Protección de la Creación en Internet). Este mote de HADOPI viene de las siglas de la denominación que recibirá la agencia gubernamental encargada de velar por su cumplimiento, y que imagino será responsable última de la imposición de las sanciones pertinentes. Dichas siglas corresponden a Haute Autorité pour la Diffusion des OEuvres te la Protection des Droits sur Internet (Alta Autoridad para la Difusión de las Obras y la Protección de los Derechos en Internet).

La legislación gala topa frontalmente con la voluntad del Parlamento Europeo, que prevé legislar en el futuro en el sentido de requerir que sea una autoridad judicial la que dictamine la interrupción o corte de la conexión a Internet de alguien. El tema del secreto en las comunicaciones que he mencionado antes también pesa en la opinión mayoritaria en Europa, a pesar de que -naturalmente- las asociaciones y organizadores que dicen defender los derechos de copyright y de propiedad intelectual -de la que dudo; más bien se mueven por intereses propios- ejercen presión en sentido contrario.